Tabla SMI 2026: salario mínimo interprofesional actualizado
SMI 2026 oficial publicado en BOE: cuantía mensual, anual (12 y 14 pagas), diaria y por hora. Aplicación al embargo, pensiones, justicia gratuita y prestac

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 se establece en 1.184€/mes (14 pagas) según el RD por el que se fija el SMI para 2026. Aplicable a tiempo completo. Para jornadas inferiores se aplica proporcionalmente. Usado como referencia para el embargo (art. 607 LEC) y múltiples prestaciones.

Datos verificados · Actualizado May 2026 · Fuente: BOE y normativa vigente

Datos oficiales 2026

Periodo Cuantía bruta Observaciones
Día39,47 €Trabajadores eventuales y temporeros
Mes (14 pagas)1.184,00 €Régimen general
Mes (12 pagas, prorrateado)1.381,33 €Sin extras separadas
Año16.576,00 €14 pagas anuales
Hora (empleadas hogar)9,26 €Régimen especial empleadas hogar

Aplicaciones del SMI

  • Embargo de salario (art. 607 LEC): cantidad inembargable es 1 SMI mensual.
  • Pensiones mínimas: referencia para incremento mínimas no contributivas.
  • Subsidios SEPE: 80% IPREM si SMI baja, en otros casos cuantía propia.
  • Justicia gratuita: umbral económico relacionado.
  • Convenios colectivos: nadie puede cobrar menos del SMI por jornada completa.

Variación respecto a años anteriores

AñoSMI mensualVariación
20261.184 €+3,2%
20251.147 €+4,4%
20241.098 €+5,0%
20231.080 €+8,0%
20221.000 €+3,6%

Verificación de las cifras

Todos los datos se verifican periódicamente con publicaciones oficiales del Boletín Oficial del Estado. Si encuentras alguna discrepancia o falta actualización tras una reforma reciente, nuestro equipo la corregirá en 24-48 horas.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se actualizan estas cifras?

Las cuantías oficiales se actualizan en BOE normalmente al inicio de cada año mediante Real Decreto o Real Decreto-ley. Nosotros revisamos y actualizamos esta tabla en los días siguientes a la publicación oficial.

¿Estas cifras son aplicables en todas las Comunidades Autónomas?

Las cifras estatales (SMI, IPREM, tipos generales) sí. Cuando hay regulación autonómica específica (IRPF tramo autonómico, ITP, sucesiones) la tabla incluye apartado específico por CCAA.

¿Puedo usar estos datos en escritos oficiales?

Sí, pero siempre acompañando cita expresa de la normativa concreta (BOE) y verificando que sigue vigente en la fecha del escrito. Estos datos son orientativos profesionales pero no sustituyen a la consulta directa de la norma oficial.

Aviso jurídico. Esta tabla recoge las cuantías y tipos oficiales vigentes en 2026. Para casos concretos o aplicación a procedimientos en curso consulte con un abogado especialista. Verificación normativa: BOE.

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