El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en su sentencia STS 736/2025 de 16 de julio resolvió por unanimidad que la indemnización por despido improcedente del art. 56 ET no puede incrementarse judicialmente con base en circunstancias del caso concreto. La indemnización tasada (33 días/año con tope 24 mensualidades) es plenamente compatible con el Convenio 158 OIT.
Cita oficial
Verificable en: CENDOJ del Consejo General del Poder Judicial
Contexto
Diversos juzgados de lo Social habían incrementado indemnizaciones por despido improcedente invocando el art. 10 del Convenio 158 OIT (que exige indemnización "adecuada") y la Carta Social Europea revisada. La cuestión llegó al Pleno de la Sala Cuarta del TS para fijar criterio uniforme.
Hechos del litigio
Un trabajador despedido reclamó incremento de la indemnización legal del art. 56 ET por encima del tope de 24 mensualidades, alegando que la cuantía resultante era insuficiente para reparar el daño efectivo causado (paro de larga duración, edad avanzada, dificultad reinserción). El Juzgado de lo Social estimó el incremento; el TSJ confirmó; la empresa recurrió en casación para unificación de doctrina.
Doctrina del Tribunal Supremo
- La indemnización del art. 56 ET es TASADA: 33 días de salario por año trabajado con tope de 24 mensualidades. No admite incremento judicial.
- Compatibilidad con el Convenio 158 OIT: el sistema indemnizatorio español es "adecuado" en sentido convencional porque proporciona compensación razonable y predecible.
- Seguridad jurídica e igualdad: la tasación legal garantiza predictibilidad para empresas y trabajadores y evita disparidades arbitrarias entre tribunales.
- Excepción única: cuando concurre vulneración de derechos fundamentales (despido nulo) procede indemnización adicional por daños morales conforme a la doctrina del TS sobre tutela de DDFF, pero esto es régimen distinto.
Alcance e implicaciones prácticas
- Cierre de una vía de litigiosidad creciente: los jueces inferiores no pueden seguir incrementando indemnizaciones por debajo del régimen sancionatorio.
- Predictibilidad para empresas: el coste máximo del despido improcedente está acotado por la fórmula legal.
- Posición de los trabajadores: para obtener indemnización superior al tope, deben fundar pretensión en nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales (carga probatoria del móvil discriminatorio o lesivo).
- Debate político-jurídico: la conformidad del sistema español con normas internacionales sigue siendo objeto de revisión (CEACR del OIT, CEDS del Consejo de Europa).
Normativa implicada
- Art. 56 ET: indemnización por despido improcedente.
- Convenio 158 OIT: terminación de la relación de trabajo (art. 10 sobre indemnización adecuada).
- Carta Social Europea revisada: art. 24 sobre derecho a protección en caso de despido.
- Art. 24 CE: tutela judicial efectiva (cuando hay vulneración DDFF).
Otras sentencias destacadas recientes (2025-2026)
- STS 1590/2025 y 1591/2025 (Pleno Sala Primera, 11-XI-2025): doctrina IRPH caso a caso.
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- STS Pleno 11-V-2026: contratación temporal AAPP tras caso Obadal TJUE.
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Cómo se selecciona la sentencia destacada
- Relevancia doctrinal: cambio de criterio del Tribunal Supremo o doctrina nueva.
- Impacto práctico: afecta a un colectivo amplio o a procedimientos en curso.
- Buzz mediático: tratamiento en prensa generalista y especializada.
- Aplicabilidad: doctrina útil para casos análogos pendientes.