Derecho de Familia en España: matrimonio, divorcio, custodia y regimen económico matrimonial

Que es el Derecho de Familia
El Derecho de Familia es la rama del Derecho Civil que regula las relaciones jurídicas derivadas del matrimonio, la filiacion, la patria potestad, la tutela y las crisis familiares (separacion, divorcio, nulidad).
Es una de las materias con mayor demanda profesional en la abogacía y una asignatura esencial en la carrera de Derecho y en oposiciones a Judicatura y Notarias.
El matrimonio
Requisitos para contraer matrimonio en España
- Capacidad: mayoria de edad (18 años). Los menores emancipados de 16-17 también pueden casarse.
- Consentimiento libre: sin coaccion, error en la identidad o condicion.
- Ausencia de impedimentos: no estar casado, no ser pariente en linea recta ni colateral hasta 3er grado.
Formas de celebracion
Ante Juez, Alcalde, Concejal, Secretario Judicial o Notario
Según la confesion (catolica, evangelica, judia, islamica) con efectos civiles
Regimenes económicos matrimoniales
El regimen económico determina como se gestionan los bienes durante el matrimonio y como se reparten en caso de disolucion:
| Regimen | Caracteristicas | Aplicación |
|---|---|---|
| Sociedad de gananciales | Los bienes adquiridos durante el matrimonio son comunes. Los bienes anteriores o heredados son privativos | Derecho común (regla supletoria en la mayoria de CCAA) |
| Separacion de bienes | Cada conyuge conserva la propiedad y gestion de sus propios bienes | Cataluna, Baleares, Valencia (supletorio) |
| Participacion | Durante el matrimonio funciona como separacion; al disolverse, se comparten las ganancias | Poco frecuente. Se pacta en capitulaciones |
| Regimen de conquistas | Similar a gananciales pero con reglas propias navarras | Navarra (Derecho foral) |
Separacion y divorcio
Desde la reforma de 2005, en España no es necesario alegar causa para divorciarse. Basta con que hayan transcurrido 3 meses desde la celebracion del matrimonio.
Divorcio de mutuo acuerdo
Ambos conyuges lo solicitan conjuntamente o uno con el consentimiento del otro. Presentan un convenio regulador que establece: custodia de los hijos, pension alimenticia, uso de la vivienda, pension compensatoria y liquidacion del regimen económico.
Puede tramitarse ante el Juzgado o, si no hay hijos menores, ante Notario.
Divorcio contencioso
Uno de los conyuges lo solicita sin acuerdo del otro. El juez decide sobre las medidas (custodia, pension, vivienda) tras un procedimiento con audiencia de ambas partes.
La custodia de los hijos
Tipos de custodia
Custodia compartida
Ambos progenitores conviven con los hijos de forma alternativa (por semanas, quincenas o meses). Cada vez mas frecuente. Algunas CCAA (Aragon, Cataluna, Valencia, Navarra, País Vasco) la establecen como regimen preferente.
Custodia exclusiva (monoparental)
Los hijos conviven con uno de los progenitores. El otro tiene un regimen de visitas y comunicacion. Mantiene la patria potestad compartida salvo decisión judicial contraria.
Criterios del juez para decidir la custodia
- Interes superior del menor: principio rector de toda decisión.
- Relación de los hijos con cada progenitor.
- Aptitud y disposición de cada progenitor.
- Edad de los hijos y sus preferencias (mayores de 12 años son oidos).
- Arraigo social, escolar y familiar.
- Informe del equipo psicosocial y del Ministerio Fiscal.
Pensiones en el Derecho de Familia
| Tipo | Finalidad | Duración |
|---|---|---|
| Pension alimenticia | Cubrir necesidades de los hijos (alimentos, educacion, sanidad, vivienda) | Hasta independencia económica del hijo (no se extingue automaticamente a los 18) |
| Pension compensatoria | Compensar el desequilibrio económico que sufre un conyuge respecto al otro tras la ruptura | Temporal o indefinida, según las circunstancias |
Filiacion y patria potestad
Tipos de filiacion
- Por naturaleza: matrimonial (padres casados) o no matrimonial (padres no casados). Ambas producen los mismos efectos.
- Por adopcion: equiparada plenamente a la filiacion por naturaleza.
- Por técnicas de reproduccion asistida: regulada por ley especial.
Patria potestad
Conjunto de derechos y deberes de los padres respecto de sus hijos menores: velar por ellos, alimentarlos, educarlos, representarlos y administrar sus bienes. Se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, incluso tras la separacion o divorcio.
Recursos para estudiar Derecho de Familia
- Derecho Civil: las 5 ramas
- Todas las ramas del Derecho
- Derecho Procesal: organos y procesos
- Técnicas de estudio

Estudiante de Derecho en UNIR y fundador de EstudiaDerecho.es.
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