Tema 1: Formación del Estado y Principios Estructurales de la CE 1978 — Derecho Público
Tema 1 de Derecho Público sobre formación del Estado, elementos básicos y principios estructurales de la Constitución de 1978.

FUNDAMENTOS DE DERECHO PÚBLICO — TEMA 1 DE 10

Formación del Estado y Principios Estructurales de la CE 1978

Del Estado absoluto al Estado constitucional: cómo nace la organización política moderna y qué principios vertebran nuestra Constitución.

1. El Concepto de Estado

El Estado es la forma de organización política por excelencia en el mundo contemporáneo. Se define como una comunidad políticamente organizada sobre un territorio determinado, dotada de un poder soberano e independiente que se ejerce a través de un conjunto de instituciones.

Los tres elementos constitutivos del Estado son:

Pueblo

Conjunto de personas vinculadas al Estado por la nacionalidad. Base humana de la comunidad política, titular de la soberanía.

Territorio

Espacio físico donde el Estado ejerce su soberanía. Comprende tierra firme, aguas interiores, mar territorial, subsuelo y espacio aéreo.

Poder (Soberanía)

Capacidad del Estado para imponer decisiones vinculantes. La soberanía reside en el pueblo (art. 1.2 CE).

2. Evolución Histórica: Del Estado Absoluto al Constitucional

La formación del Estado moderno es un proceso histórico que transcurre del siglo XV al XVIII, desde las monarquías absolutas hasta el constitucionalismo.

FasePeríodoCaracterísticas
Estado AbsolutoSiglos XV-XVIIIConcentración de todos los poderes en el monarca. No hay derechos fundamentales ni separación de poderes.
Estado LiberalSiglo XIXSeparación de poderes (Montesquieu), derechos individuales, constituciones escritas, sufragio censitario.
Estado DemocráticoSiglo XXSufragio universal, soberanía popular, partidos políticos, ampliación de derechos.
Estado Social y Democrático de DerechoDesde mediados s. XXGarantía de derechos sociales, intervención del Estado en la economía, justicia material.

3. La Constitución Española de 1978: Contexto

La CE de 1978 es fruto de la Transición democrática española. Tras la muerte de Franco (1975), el Rey Juan Carlos I inició un proceso de reforma política que culminó con la aprobación de la Constitución en referéndum el 6 de diciembre de 1978.

Se trata de una constitución de consenso, elaborada por los principales partidos políticos del arco parlamentario, lo que explica su carácter abierto y flexible en muchos aspectos.

4. Principios Estructurales del Estado en la CE 1978

El artículo 1.1 CE proclama: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho». Esta fórmula contiene los principios vertebradores del sistema constitucional.

4.1 Estado de Derecho

El poder público está sometido al ordenamiento jurídico. Sus manifestaciones principales son:

  • Imperio de la ley: la ley es expresión de la voluntad popular y vincula a todos los poderes públicos.
  • Separación de poderes: legislativo (Cortes Generales), ejecutivo (Gobierno), judicial (jueces y tribunales).
  • Reconocimiento de derechos fundamentales: el Título I CE los garantiza con un sistema reforzado de protección.
  • Principio de legalidad (art. 9.3 CE): la Administración actúa con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
  • Control judicial: los tribunales controlan la legalidad de la actuación administrativa.

4.2 Estado Democrático

La soberanía nacional reside en el pueblo español (art. 1.2 CE). Se manifiesta en:

  • Sufragio universal: todos los ciudadanos mayores de edad tienen derecho al voto.
  • Pluralismo político (art. 6 CE): los partidos son instrumento fundamental de participación política.
  • Participación ciudadana: directa (referéndum, iniciativa legislativa popular) e indirecta (elecciones).

4.3 Estado Social

El Estado no se limita a garantizar libertades negativas sino que interviene activamente para lograr la igualdad material:

  • Principios rectores (Capítulo III, Título I CE): protección de la familia, redistribución de la renta, derecho a la vivienda, protección del medio ambiente, etc.
  • Art. 9.2 CE: los poderes públicos deben promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.

4.4 La Monarquía Parlamentaria (Art. 1.3 CE)

La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria: el Rey es Jefe del Estado pero no ejerce poder político efectivo. El Gobierno responde ante las Cortes Generales (Parlamento), no ante el Rey.

4.5 El Estado Autonómico (Art. 2 CE)

La CE reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran España, combinando unidad nacional con descentralización política. Se articula a través de las 17 Comunidades Autónomas y 2 Ciudades Autónomas.

5. Los Valores Superiores del Ordenamiento (Art. 1.1 CE)

La CE proclama como valores superiores:

Libertad

Autonomía individual y colectiva

Justicia

Tutela judicial efectiva

Igualdad

Formal y material (arts. 14, 9.2 CE)

Pluralismo político

Partidos y sindicatos libres

6. Las Garantías del Art. 9.3 CE

El artículo 9.3 CE consagra una serie de principios jurídicos fundamentales para la seguridad jurídica:

PrincipioSignificado
LegalidadLos poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
Jerarquía normativaLas normas de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior.
Publicidad de las normasLas normas deben ser publicadas oficialmente para ser exigibles.
IrretroactividadLas disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales no tienen efecto retroactivo.
Seguridad jurídicaPrevisibilidad del Derecho y de la actuación de los poderes públicos.
ResponsabilidadLos poderes públicos son responsables de los daños causados por su funcionamiento.
Interdicción de la arbitrariedadProhibición de actuaciones caprichosas o irrazonables por parte de los poderes públicos.

Esquema Final: Principios Estructurales de la CE

ART. 1 CE — ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO
├── Estado de Derecho
│   ├── Imperio de la ley
│   ├── Separación de poderes
│   ├── Derechos fundamentales
│   └── Principio de legalidad (art. 9.3)
├── Estado Democrático
│   ├── Soberanía popular (art. 1.2)
│   ├── Sufragio universal
│   └── Pluralismo político (art. 6)
├── Estado Social
│   ├── Igualdad material (art. 9.2)
│   └── Principios rectores (Cap. III, Tít. I)
├── Monarquía Parlamentaria (art. 1.3)
└── Estado Autonómico (art. 2)
├── Unidad nacional
└── Derecho a la autonomía

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1. ¿En qué año se aprobó la Constitución Española vigente?

A) 1975
B) 1977
C) 1978
D) 1982

2. ¿Qué artículo de la CE reconoce España como Estado social y democrático de Derecho?

A) Art. 1
B) Art. 9
C) Art. 14
D) Art. 53

3. ¿Cuál es el principio por el que los poderes públicos quedan sujetos a la Constitución?

A) Principio de legalidad
B) Principio de jerarquía normativa
C) Principio de vinculatoriedad constitucional
D) Principio de seguridad jurídica

4. ¿Qué forma de gobierno establece la Constitución Española?

A) República federal
B) Monarquía parlamentaria
C) República presidencialista
D) Monarquía absoluta

5. ¿En qué consiste el Estado autonómico?

A) Un Estado federal con soberanía compartida
B) Un Estado unitario sin descentralización
C) Un modelo de organización territorial con comunidades autónomas con amplia autonomía
D) Un Estado con solo municipios y provincias

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