Desde la adhesion de Espana a las Comunidades Europeas en 1986, el Derecho de la Union Europea se ha convertido en una fuente esencial del ordenamiento juridico espanol. Para cualquier opositor, comprender como se integra la normativa comunitaria en el sistema juridico nacional es imprescindible en temas de Derecho Constitucional y Administrativo.
1. Base Constitucional: El Articulo 93 de la Constitucion Espanola
El fundamento de la recepcion del Derecho de la UE en Espana se encuentra en el articulo 93 CE:
"Mediante ley organica se podra autorizar la celebracion de tratados por los que se atribuya a una organizacion o institucion internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitucion."
Este articulo fue la clausula habilitante que permitio la ratificacion del Tratado de Adhesion de Espana a las Comunidades Europeas (Ley Organica 10/1985, de 2 de agosto). A traves de el, Espana transfirio el ejercicio de determinadas competencias soberanas a las instituciones europeas.
Diferencia con el articulo 96 CE
Mientras que el articulo 96 CE regula la incorporacion general de tratados internacionales al ordenamiento interno, el articulo 93 va mas alla: permite la cesion del ejercicio de competencias constitucionales. Esta distincion es clave en examen de oposiciones.
2. Tipos de Normas del Derecho de la UE
El Derecho de la Union Europea se divide en dos grandes categorias:
2.1. Derecho Originario (o Primario)
Constituye la "Constitucion" de la UE. Incluye:
- Tratado de la Union Europea (TUE) - Maastricht 1992, reformado por Lisboa 2007
- Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) - antiguo Tratado CE
- Carta de Derechos Fundamentales de la UE - fuerza juridica vinculante desde Lisboa (art. 6.1 TUE)
- Tratados de adhesion de los Estados miembros
- Principios generales del Derecho de la UE reconocidos por el TJUE
2.2. Derecho Derivado (o Secundario)
Segun el articulo 288 TFUE, las instituciones de la UE adoptan:
| Tipo de norma | Obligatoriedad | Aplicabilidad directa | Destinatarios |
|---|---|---|---|
| Reglamento | Obligatorio en todos sus elementos | Si | Todos los Estados |
| Directiva | Obligatoria en cuanto al resultado | No (requiere transposicion) | Estados destinatarios |
| Decision | Obligatoria en todos sus elementos | Si | Destinatarios especificos |
| Recomendacion | No vinculante | - | Variables |
| Dictamen | No vinculante | - | Variables |
3. Principios de Relacion entre el Derecho UE y el Derecho Nacional
3.1. Principio de Efecto Directo
Establecido por el TJCE en la sentencia Van Gend en Loos (1963), permite que los particulares invoquen directamente normas del Derecho de la UE ante los tribunales nacionales, siempre que la norma sea:
- Clara y precisa
- Incondicional (no sujeta a condiciones)
- No requiera medidas complementarias del Estado o de la UE
Los reglamentos siempre tienen efecto directo. Las directivas pueden tenerlo verticalmente (ciudadano vs. Estado) cuando no se han transpuesto en plazo, segun la sentencia Van Duyn (1974).
3.2. Principio de Primacia
Consagrado en la sentencia Costa c. ENEL (1964), establece que el Derecho de la UE prevalece sobre cualquier norma nacional contraria, incluyendo las de rango constitucional.
En Espana, el Tribunal Constitucional ha matizado esta cuestion en su Declaracion 1/2004 (sobre el Tratado Constitucional Europeo), estableciendo que la primacia opera en el ambito de las competencias atribuidas, pero los limites constitucionales (derechos fundamentales, estructuras constitucionales basicas) actuan como contralimite.
3.3. Principio de Cooperacion Leal
Recogido en el articulo 4.3 TUE, obliga a los Estados miembros a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Tratados y a abstenerse de cualquier medida que pueda poner en peligro los objetivos de la Union.
4. La Transposicion de Directivas en Espana
Las directivas requieren un acto de transposicion al Derecho interno. En Espana, el proceso implica:
- Identificacion de la directiva y su plazo de transposicion
- Analisis de la legislacion nacional vigente
- Elaboracion del proyecto normativo (ley, real decreto, orden ministerial)
- Aprobacion y publicacion en el BOE
El incumplimiento del plazo de transposicion puede generar:
- Responsabilidad del Estado por danos, segun la doctrina Francovich (1991)
- Procedimiento de infraccion del articulo 258 TFUE
- Efecto directo vertical de la directiva no transpuesta
5. Cuadro Resumen para Oposiciones
| Concepto | Dato clave |
|---|---|
| Base constitucional | Art. 93 CE (cesion de competencias) |
| Efecto directo | Van Gend en Loos, 1963 |
| Primacia | Costa c. ENEL, 1964 |
| Responsabilidad del Estado | Francovich, 1991 |
| Tipos de normas derivadas | Art. 288 TFUE |
| Cooperacion leal | Art. 4.3 TUE |
| Adhesion de Espana | LO 10/1985, efectiva 1 enero 1986 |
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