Técnicas de memorización
Mnemotécnicos de Derecho Administrativo
8 trucos para memorizar plazos, recursos y principios de la LPAC (Ley 39/2015) y LRJSP (Ley 40/2015).
1. Plazos de los recursos administrativos
ALZADA: 1m expreso / 3m presunto | REPOSICIÓN: 1m | REVISIÓN: 4a / 3m
Alzada (art. 122 LPAC): 1 mes (acto expreso), 3 meses (presunto). Reposición (art. 124 LPAC): 1 mes. Extraordinario de revisión (art. 125 LPAC): 4 años (error hecho) o 3 meses (otras causas).
Arts. 122-125 LPAC
2. Silencio administrativo
«POSITIVO por defecto, NEGATIVO por excepción»
Art. 24 LPAC: iniciados a solicitud → silencio POSITIVO (regla general). Excepciones: transferencia facultades sobre dominio público, procedimientos de impugnación, ejercicio derecho de petición. Procedimientos iniciados de oficio → silencio desestimatorio.
Art. 24 LPAC
3. Plazo máximo para resolver
«3 meses SUPLETORIO, 6 máximo»
Art. 21.2 LPAC: si la norma no fija plazo, se aplican 3 meses. Art. 21.3: nunca puede exceder de 6 meses salvo ley o Derecho UE.
Art. 21 LPAC
4. Nulidad de pleno derecho (art. 47 LPAC)
LICO-PP: «Lesión derechos amparo, Incompetencia manifiesta, Contenido imposible, Omisión procedimiento, Penales, Prescripción»
Causas del art. 47.1 LPAC: a) lesión DF amparo, b) órgano manifiestamente incompetente, c) contenido imposible, d) constitutivos infracción penal, e) prescindiendo total y absolutamente del procedimiento, f) actos contrarios al ordenamiento. g) retroactividad sancionadora.
Art. 47 LPAC
5. Interesados en el procedimiento
TID: «Titulares, Intereses legítimos, Derechos afectados»
Art. 4 LPAC: son interesados: a) quienes promuevan el procedimiento como titulares de derechos, b) quienes sin haberlo iniciado tengan derechos que puedan resultar afectados, c) cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados y se personen.
Art. 4 LPAC
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6. Principios de la potestad sancionadora (art. 25 LRJSP)
LITPC: «Legalidad, Irretroactividad, Tipicidad, Proporcionalidad, Culpabilidad»
Arts. 25-31 LRJSP: la potestad sancionadora se ejerce conforme a estos principios. Además: non bis in idem (no doble sanción por mismo hecho), presunción de inocencia.
Arts. 25-31 LRJSP
7. Obligados a relacionarse electrónicamente
PERP: «Personas jurídicas, Entidades sin personalidad, Representantes, Profesionales colegiados»
Art. 14.2 LPAC: las personas físicas pueden elegir canal, pero estos cuatro grupos DEBEN usar medios electrónicos obligatoriamente.
Art. 14.2 LPAC
8. Revisión de oficio vs recurso
«OFICIO = Admón actúa sola | RECURSO = ciudadano pide»
Revisión de oficio (art. 106 LPAC): la propia Administración anula sus actos nulos, sin plazo. Declaración de lesividad (art. 107 LPAC): para actos anulables, plazo 4 años + impugnación contencioso-administrativa.
Arts. 106-107 LPAC
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Daniel Cantin Ortiz
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