Instituciones de la Unión Europea: Funciones, Composición y Derecho Comunitario

Las instituciones de la Unión Europea

El Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), ambos en su versión consolidada tras el Tratado de Lisboa de 2007, establecen el marco institucional de la UE. El art. 13 TUE enumera las siete instituciones principales.

El Parlamento Europeo (arts. 14 TUE, 223-234 TFUE)

Compuesto por 705 eurodiputados elegidos por sufragio universal directo cada 5 años. Ejerce conjuntamente con el Consejo la función legislativa (procedimiento legislativo ordinario de codecisión) y la función presupuestaria. Aprueba y controla a la Comisión Europea y puede presentar una moción de censura. Su sede principal está en Estrasburgo, con sesiones adicionales en Bruselas.

El Consejo Europeo (art. 15 TUE)

Compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, su Presidente (elegido por mayoría cualificada para un mandato de 2,5 años renovable) y el Presidente de la Comisión. Define las orientaciones y prioridades políticas generales de la UE. No ejerce función legislativa. Se reúne al menos cuatro veces al año.

El Consejo de la Unión Europea (arts. 16 TUE, 237-243 TFUE)

También llamado «Consejo de Ministros», está compuesto por un representante de cada Estado miembro de rango ministerial. Ejerce conjuntamente con el Parlamento la función legislativa y presupuestaria. Adopta decisiones por mayoría cualificada (55% de los Estados que representen al menos el 65% de la población) como regla general, o por unanimidad en materias sensibles (fiscalidad, política exterior, adhesiones).

La Comisión Europea (arts. 17 TUE, 244-250 TFUE)

Compuesta por un comisario por Estado miembro (27), incluido su Presidente. Es la «guardiana de los Tratados»: vela por la aplicación del Derecho de la UE. Tiene el monopolio de la iniciativa legislativa (solo ella puede proponer legislación). Ejecuta el presupuesto y gestiona los programas de la UE. Su mandato es de 5 años.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

Con sede en Luxemburgo, está compuesto por el Tribunal de Justicia (27 jueces y 11 abogados generales) y el Tribunal General (54 jueces). Garantiza la interpretación uniforme y la aplicación del Derecho de la UE. Sus competencias principales incluyen:

Recurso por incumplimiento (art. 258 TFUE): contra Estados que infringen el Derecho de la UE.

Recurso de anulación (art. 263 TFUE): contra actos de las instituciones contrarios a los Tratados.

Cuestión prejudicial (art. 267 TFUE): los jueces nacionales plantean al TJUE la interpretación del Derecho de la UE para garantizar su aplicación uniforme.

El Banco Central Europeo (arts. 282-284 TFUE)

Con sede en Fráncfort, dirige la política monetaria de la zona euro (20 Estados). Su objetivo principal es mantener la estabilidad de precios (objetivo de inflación en torno al 2%). Es independiente de los gobiernos nacionales y de las demás instituciones de la UE.

El Tribunal de Cuentas Europeo (arts. 285-287 TFUE)

Con sede en Luxemburgo, fiscaliza las cuentas de la UE. Examina la legalidad y regularidad de los ingresos y gastos y se asegura de la buena gestión financiera.

Fuentes del Derecho de la UE

Derecho originario: los Tratados (TUE, TFUE, Carta de Derechos Fundamentales).

Derecho derivado: reglamentos (directamente aplicables), directivas (requieren transposición nacional), decisiones (obligatorias para sus destinatarios), recomendaciones y dictámenes (no vinculantes).

Principios: primacía del Derecho de la UE sobre el nacional (doctrina Costa/ENEL, 1964), efecto directo (Van Gend en Loos, 1963) y responsabilidad del Estado por incumplimiento (Francovich, 1991).

Para comprender cómo se integra el Derecho de la UE en el ordenamiento español, consulta nuestra guía sobre fuentes del derecho y la reforma constitucional.

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Daniel Cantin Ortiz
Daniel Cantin Ortiz
Estudiante de Derecho en UNIR y fundador de EstudiaDerecho.es.
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