¿Qué es el leasing financiero?
El leasing (arrendamiento financiero) es un contrato por el que una entidad de crédito o establecimiento financiero adquiere un bien a indicación del arrendatario y se lo cede en uso durante un período determinado, a cambio de cuotas periódicas, incluyendo una opción de compra a favor del arrendatario al término del contrato.
Se regula en la disposición adicional primera de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, y fiscalmente en el art. 106 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.
Elementos esenciales del leasing
Partes: arrendador financiero (entidad de crédito o EFC), arrendatario (empresa o profesional) y proveedor del bien.
Bien: cualquier bien mueble o inmueble que quede afecto a una actividad empresarial o profesional. Los bienes deben ser identificables e individualizables.
Duración mínima: 2 años para bienes muebles y 10 años para bienes inmuebles (art. 106.1 LIS).
Opción de compra: es el elemento que distingue al leasing del arrendamiento ordinario. Se ejerce al final del contrato por un precio residual previamente pactado.
Ventajas fiscales del leasing
La principal ventaja es la amortización acelerada: las cuotas de leasing son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, distinguiendo entre la parte de carga financiera (intereses, siempre deducible) y la parte de recuperación del coste del bien (deducible hasta el límite del duplo del coeficiente lineal máximo según tablas de amortización). Esto permite amortizar el bien más rápido que si se adquiriera directamente.
En el IVA, las cuotas de leasing están sujetas al tipo general (21%), siendo el IVA soportado deducible si el bien se destina a la actividad empresarial.
¿Qué es el renting?
El renting es un contrato de arrendamiento operativo a largo plazo (habitualmente de 2 a 5 años) por el que el arrendador cede el uso de un bien (vehículos, equipos informáticos, maquinaria) a cambio de una cuota mensual que incluye mantenimiento, seguro, asistencia en carretera (en vehículos) e impuestos. No incluye opción de compra como elemento esencial (aunque puede pactarse).
El renting carece de regulación específica y se rige por la autonomía de la voluntad (art. 1255 CC) y las normas generales de los contratos.
Diferencias clave entre leasing y renting
Opción de compra: esencial en el leasing, opcional o inexistente en el renting.
Servicios incluidos: el leasing no incluye mantenimiento ni seguros; el renting sí.
Contabilización: el leasing se registra como activo y pasivo financiero (NIC 17/NIIF 16); el renting como gasto de explotación (salvo bajo NIIF 16, que exige capitalización de todos los arrendamientos).
Deducibilidad fiscal: en leasing, se deduce la carga financiera y la amortización acelerada; en renting, la cuota íntegra es gasto deducible si el bien se afecta a la actividad.
Propiedad: en leasing, el arrendatario puede adquirir el bien ejerciendo la opción; en renting, el bien siempre es del arrendador.
Leasing vs. préstamo: ¿qué conviene más?
El leasing es más ventajoso fiscalmente cuando se busca amortización acelerada (reduce la base imponible más rápido), no requiere inversión inicial elevada, y el bien tiene una vida útil larga. El préstamo es preferible cuando se quiere la propiedad inmediata y se dispone de capacidad de endeudamiento favorable.
Para más contexto mercantil, consulta nuestras guías sobre empresario y Registro Mercantil y Impuesto sobre Sociedades.
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Estudiante de Derecho en UNIR y fundador de EstudiaDerecho.es.
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