Test Interactivo
Test de Derecho de Sucesiones
10 preguntas sobre herencias, testamentos, legítimas y partición — Código Civil
Responde las 10 preguntas
1. ¿Cuántas formas comunes de testamento reconoce el Código Civil?
A) Tres: ológrafo, abierto y cerrado
B) Dos: abierto y cerrado
C) Cuatro: ológrafo, abierto, cerrado y vital
D) Una: testamento notarial
Art. 676 CC: El testamento puede ser común o especial. Son comunes: el ológrafo, el abierto y el cerrado.
2. ¿Qué porción de la herencia constituye la legítima de los hijos?
A) La mitad del haber hereditario
B) Dos tercios del haber hereditario
C) Un tercio del haber hereditario
D) Tres cuartos del haber hereditario
Art. 808 CC: Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario. Sin embargo, podrá el testador disponer de una parte de las dos que forman la legítima para mejorar a alguno de sus hijos o descendientes (tercio de mejora).
3. ¿Qué es el tercio de libre disposición?
A) El tercio del que el testador puede disponer libremente, sin restricciones de legítima
B) El tercio destinado a mejora de los hijos
C) El tercio que corresponde al cónyuge viudo
D) No existe tal concepto
Art. 808 CC: De los tres tercios de la herencia (legítima estricta, mejora y libre disposición), el tercio de libre disposición puede dejarse a cualquier persona, incluso extraños.
4. ¿Cuál es la legítima del cónyuge viudo si concurre con hijos?
A) Usufructo del tercio de mejora
B) Usufructo de la mitad de la herencia
C) Usufructo de dos tercios
D) Propiedad de un tercio
Art. 834 CC: El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste legalmente tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora (concurriendo con hijos o descendientes).
5. ¿Qué ocurre si alguien muere sin testamento?
A) Hereda todo el Estado
B) Se abre la sucesión intestada conforme al orden legal: descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales, Estado
C) Se reparte a partes iguales entre todos los familiares
D) Los bienes quedan sin titular
Arts. 912-958 CC: La sucesión legítima sigue el orden: 1º hijos y descendientes, 2º ascendientes, 3º cónyuge, 4º colaterales hasta 4º grado, 5º Estado.
6. ¿Puede desheredarse a un hijo?
A) Sí, pero solo por las causas tasadas en la ley y expresando la causa en el testamento
B) No, la legítima es intocable
C) Sí, sin necesidad de causa
D) Solo si el hijo renuncia voluntariamente
Art. 848-849 CC: La desheredación solo podrá hacerse en testamento, expresando la causa legal. Art. 853 CC enumera las causas: negar alimentos, maltratar, injuriar gravemente, etc.
7. ¿Qué plazo tiene el heredero para aceptar o repudiar la herencia si es interpelado?
A) 6 meses
B) 30 días naturales (interpelación judicial, interrogatio in iure)
C) 1 año
D) 15 días hábiles
Art. 1005 CC: Si un tercero interesado solicita al Notario que requiera al llamado, éste deberá aceptar o repudiar la herencia en un plazo de 30 días naturales. Si no lo hace, se entiende aceptada.
8. ¿Qué es la aceptación a beneficio de inventario?
A) Aceptar solo los bienes muebles
B) El heredero solo responde de las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados
C) Una forma de repudiar parcialmente la herencia
D) Aceptar la herencia con condiciones
Art. 1010 CC: Todo heredero puede aceptar a beneficio de inventario, aunque el testador lo haya prohibido. Art. 1023 CC: El beneficio de inventario produce: no confundir los bienes del heredero con los del difunto.
9. ¿Qué edad mínima se requiere para otorgar testamento ológrafo?
A) 14 años
B) 16 años
C) 18 años (mayoría de edad)
D) No hay requisito de edad
Art. 688 CC: El testamento ológrafo solo podrán otorgarlo los mayores de edad. Debe estar escrito todo él por el testador, con firma y fecha.
10. ¿Qué es el derecho de representación en la sucesión?
A) Actuar en nombre de otro heredero
B) Los descendientes de un heredero premuerto ocupan su lugar y heredan lo que le correspondería
C) Un apoderado cobra la herencia
D) El Estado representa a herederos ausentes
Art. 924 CC: Llámase derecho de representación el que tienen los parientes de una persona para sucederle en todos los derechos que tendría si viviera o hubiera podido heredar.
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Daniel Cantin Ortiz
Estudiante de Derecho en UNIR y fundador de EstudiaDerecho.es.
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